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| Programa de Forlalecimiento Patrimonial |
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Objetivo
Otorgar créditos subordinados para la capitalización, fusión o transformación de las entidades financieras bancarias y no bancarias con licencia de funcionamiento de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras (SBEF). El Programa de Fortalecimiento Patrimonial (PROFOP), creado mediante Ley N 2196, permite que las entidades de intermediación financiera puedan solicitar su acceso al programa, solo una vez, cumpliendo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto Supremo N26195 y el artículo 2 del Decreto Supremo N26204.
Requisitos
- Presentar su solicitud hasta el 31 de enero del 2003.
- Que sus estados financieros proforma como resultado de ajustes al momento de la solicitud, presenten:
- Coeficiente de adecuación patrimonial por debajo del mínimo establecido por ley; y/o,
- Relación de cartera en mora mayor a treinta (30) días menos previsiones constituidas, superior al cincuenta por ciento (50%) de su patrimonio neto ajustado (calculado por la SBEF).

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Condiciones Financieras
- Moneda: Dólares de los Estados Unidos de América.
- Plazo: Hasta diez (10) años, incluyendo dos (2) años de gracia para el pago de capital.
- Intereses: Variable durante la vigencia del crédito, compuesta por la Tasa de Interés de Referencia (TRE), más un margen financiero de tres (3) puntos porcentuales.
- Desembolso: Se realizará en efectivo o en certificados acreditativos de deuda emitidos por el TGN, de acuerdo a lo aprobado en el Plan Fortalecimiento.
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