Sistema de Registro de Garantías No Convencionales
¿Qué es el Sistema de Registro de Garantías No Convencionales?
Es un servicio del BDP – S.A.M. que por mandato y en cumplimiento al Decreto Supremo N°2264, de 11 de febrero de 2015, autoriza implementar y administrar un Sistema de Registro de Garantías No Convencionales (SRGNC) que presta servicios de Inscripción y Valoración de Garantías No Convencionales, para todo el Sistema Financiero Nacional, de acuerdo a reglamentación emitida por la ASFI
Requisitos para habilitar la Entidad de Intermediación Financiera al SRGNC:
Solicitud escrita de participación en SRGNC
Requisitos tecnológicos y de conectividad
Copia legalizada con validez máxima de 30 días calendario de la Licencia de Funcionamiento o Certificado de Adecuación otorgada por ASFI
Original o copia legalizada del Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial y Suficiente del(los) representante(s) legal(es) de la Entidad Financiera que autorice de manera expresa y específica a suscribir un “Contrato Marco de Participación del Sistema de Registro de Garantías No convencionales” con el BDP, en su calidad de Administrador del SRGNC y que contenga inserta una Resolución de Directorio o instancia equivalente que autorice de manera expresa y específica a suscribir dicho contrato, a participar y ser usuario de los servicios del SRGNC