
BDP Te Garantiza
FOGADIN
El Fideicomiso Fondo de Garantía para el Desarrollo de la Industria Nacional “FOGADIN” tiene por finalidad constituir un Fondo de Garantía para la cobertura de hasta un cincuenta por ciento (50%) de nuevos créditos a ser otorgados por Entidades de Intermediación Financiera – EIF a personas naturales o jurídicas que obtengan créditos en el marco del Fideicomiso “FIREDIN” y a microempresas productivas que adquieran nuevos créditos para manufactura.
La principal condición que deben cumplir las operaciones afianzables es que sean créditos productivos de acuerdo a lo establecido por la normativa ASFI.
Beneficios
- La aprobación de las garantías es ágil porque las operaciones son evaluadas únicamente por la entidad financiera (la aprobación se realiza en el lapso de un día hábil)
- Posibilita el ingreso a segmentos de mercado actualmente no atendidos por limitaciones de garantías
- Reconoce hasta un 50% del saldo de capital no pagado en caso que la operación garantizada entre en ejecución
- Mejora la estructura del costo de la operación de financiamiento, al reducir la previsión de las operaciones de crédito garantizadas
- Agiliza el pago de las garantías de las operaciones que entren en ejecución
Tamaño de la Unidad Productiva
- Microempresa
- Pequeña Empresa
- Mediana Empresa
- Gran Empresa
Plazo máximo de las garantías
El plazo máximo de las operaciones de financiamiento garantizadas estará en función del objeto de los créditos:
- Capital de operación hasta tres (3) años
- Capital de inversiones hasta diez (10) años
Tasa de cobertura
La tasa de cobertura es de hasta el cincuenta por ciento (50%) del saldo deudor de capital de la operación de financiamiento.
Monto máximo de crédito otorgado y garantía
El monto máximo de las operaciones de financiamiento otorgadas por las EE y que pueden ser garantizadas por el FOGADIN es de:
Capital de inversión | Capital de Operación |
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Tamaño de Actividad | Monto Máximo (Bs) | Monto Máximo (Bs) | Total (Bs) |
Gran Empresa | 70,000,000 | 15,000,000 | 85,000,000 |
Mediana Empresa | 35.000,000 | 8,000,000 | 43,000,000 |
Pequeña Empresa | 3,000,000 | 1,500,000 | 4,500,000 |
Micro Empresa | 450,000 | 250,000 | 700,000 |
El monto máximo a ser garantizado por el FOGADIN es de:
Tamaño de Actividad | Monto Máximo de Cobertura (Bs) del Fideicomiso del FOGADIN |
Gran Empresa | 42.500.000 |
Mediana Empresa | 21.500.000 |
Pequeña Empresa | 2.250.000 |
Micro Empresa | 350.000
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Solicitud de participación
Las entidades financieras que deseen participar en el FOGADIN deben enviar una solicitud escrita, acompañada de documentación e información legal y financiera a ser evaluada, cumplido este requisito, serán acreedoras a la denominación de EE y podrán participar del Fondo de Garantía para el Desarrollo de la Industria Nacional “FOGADIN”.
FA – BDP
El Fondo de Afianzamiento FA – BDP, tiene como finalidad r
espaldar operaciones de microcrédito y crédito PyME destinadas al sector productivo otorgadas, por el BDP – S.A.M. y otras entidades de intermediación financiera, a Organizaciones Económicas Comunitarias – OECOM; productores que pertenezcan a OECOM; productores de una propiedad comunitaria o colectiva; cooperativas de producción; y, a micro, pequeñas y medianas empresas productivas, incluyendo a quienes se encuentren en la actividad de turismo y producción intelectual. Las operaciones de crédito productivo a ser afianzadas podrán ser para capital de operaciones y/o capital de inversión y serán otorgadas por las EE.
Beneficios
- La aprobación de las garantías es ágil porque las operaciones son evaluadas únicamente por la entidad financiera (la aprobación se realiza en el lapso de un día hábil)
- Otorga una garantía con una ponderación de riesgo del 20%, mejorando el CAP de la EE
- La garantía del FA – BDP, es aceptada por la ASFI como una garantía real
- Posibilita el ingreso a segmentos de mercado actualmente no atendidos por limitaciones de garantías
- Reconoce hasta un 50% del saldo de capital no pagado en caso que la operación garantizada entre en ejecución
- Mejora la estructura del costo de la operación de financiamiento, al reducir la previsión de las operaciones de crédito garantizadas
- Agiliza el pago de las garantías de las operaciones que entren en ejecución
Tamaño de la Unidad Productiva
- Microempresa
- PyME
Plazo máximo de las garantías
El plazo máximo de las operaciones de financiamiento garantizadas estará en función del objeto de los créditos, capital de operaciones y/o capital de inversión, con una vigencia igual al plazo de la operación de crédito.
Tasa de cobertura
La tasa de cobertura es de hasta el cincuenta por ciento (50%) del saldo deudor de capital de la operación de financiamiento.
Monto máximo de crédito otorgado
El monto máximo de las operaciones de financiamiento otorgadas por las EE y que pueden ser garantizadas por el FA – BDP, estará de acuerdo a los establecido en la Normativa ASFI.
Solicitud de participación
Las entidades financieras que deseen participar en el FA – BDP, deben enviar una solicitud escrita, acompañada de documentación e información legal y financiera a ser evaluada, cumplido este requisito, serán acreedoras a la denominación de EE y podrán participar del Fondo de Afianzamiento FA – BDP.